Preguntas Frecuentes (FAQS)

Las empresas que soliciten convenios de cooperación educativa extracurriculares o renovaciones, tendrán que abonar la tarifa de gestión de los convenios de cooperación educativa de 100€ (+ IVA), aprobada por resolución de la Dirección General del TecnoCampus número 54/2019 y que puede consultar aquí

No obstante, se harán las siguientes exenciones en el pago de la tarifa:

  • Empresas que tengan un contrato de arrendamiento vigente con la Fundación Tecnocampus o que tengan un contrato vigente como miembro del colectivo TCM Pass.
  • Entidades y organizaciones sin ánimo de lucro.
  • Administraciones públicas, entidades y organismos públicos dependientes de estas.

En caso de que el estudiante dé de baja el convenio de cooperación educativa de forma unilateral durante los primeros 15 días desde el inicio de la práctica, no se cobrará la tarifa anterior a la empresa.

En caso de tener un candidato preseleccionado sin haber publicado una oferta:

  1. Acceder o registrar la empresa en la Bolsa Talent TecnoCampus
  2. NOTA: El alumno también debe estar registrado en la Bolsa Talent TecnoCampus
  3. La empresa deberá cumplimentar el Recopilación de Datos, que encontrará en el aplicativo, en la pestaña CONVENIOS - CREAR CONVENIO.
  4. En un plazo máximo de una semana, una vez validado por los responsables académicos, la empresa recibirá el PDF del convenio que deberá firmar, tanto la empresa como el estudiante, y enviarlo a talent@tecnocampus.cat

Si el estudiante no ha llegado al máximo de 900 horas de prácticas en el curso académico, se puede solicitar la renovación del convenio. Los pasos a seguir son:

1. Acceder a Bolsa Talent TecnoCampus

2. La empresa deberá acceder a la pestaña CONVENIOS - MIS CONVENIOS.

3. Seleccionar el convenio que se quiere renovar (VER CONVENIO - en la parte inferior encontrará la pestaña para renovarlo)

4. En un plazo máximo de una semana, una vez validado por los responsables académicos, la empresa recibirá el PDF del convenio que deberá firmar, tanto la empresa como el estudiante, y enviarlo a talent@tecnocampus.cat

La tarifa de gestión de convenios extracurriculares de 100€+IVA se aplica también a las renovaciones de los convenios.  

Lempresa es la que selecciona el estudiante que hará prácticas. La empresa puede hacer el proceso de selección que considere oportuno a fin de seleccionar al candidato que más se ajuste a sus necesidades.  

  • prácticas curriculares: Son prácticas que forman parte del plan de estudios del estudiante, es decir dan reconocimiento de ECTS. Para que la práctica sea curricular es imprescindible estar matriculado de la asignatura de prácticas.
     
  • prácticas extracurriculares: Son prácticas que no reconocen ECTS pero que aportan experiencia.

La dedicación horaria debe ser compatible con los estudios. En periodo docente, habitualmente, no se pueden superar las 20 horas semanales.

La dedicación de los estudiantes que participen en el convenio deberá ser compatible con sus estudios. En periodo docente, habitualmente, no se pueden superar las 20 horas semanales.

La dedicación horaria por departamentos es: 

TECNOLOGÍA e INDUSTRIAS CULTURALES: Por curso académico se puede realizar un máximo de 800 horas de prácticas. 

EMPRESA: Por curso académico se puede realizar un máximo de 800 horas de prácticas. 

La dedicación horaria en caso de prácticas curriculares es: 

  • Administración de Empresas y Gestión de la Innovación: 350 horas (14 ECTS)
  • Marketing y Comunidades Digitales: 350 horas (14 ECTS) o 300 horas (12 ECTS) (estudiantes que hayan iniciado el grado antes del curso 20-21)
  • Doble Titulación en ADE y Gestión de la Innovación y Marketing y Comunidades Digitales: 350 horas (14 ECTS)
  • Turismo y Gestión del Ocio o Doble Titulación en ADE y Gestión de la Innovación y Turismo y Gestión del Ocio: 500 horas (20 ECTS)
  • Logística y Negocios Marítimos: 400 horas (16 ECTS) o 550 horas (22 ECTS) (estudiantes que hayan iniciado el grado antes del curso 20-21) 

Si, cuando los estudiantes no tengan clases podrán hacer más de 20 horas semanales, hasta un máximo de 40 horas semanales. 

Aunque por normativa no se establece un importe mínimo, se recomienda un precio mínimo de 5€/hora, excepto en los estudios de Ingeniería, donde la ayuda económica mínima es de 6€/hora (Electrónica Industrial y Automática, Ingeniería Mecánica e Ingeniería Informática de Gestión y Sistemas de Información).

En caso de que las prácticas sean remuneradas (en cualquier estudio), la empresa establece directamente con el estudiante la remuneración que percibirá en concepto de ayuda al estudio. El pago lo realizará la empresa al estudiante directamente y realizará el alta y pagos a la Seguridad Social. La ayuda tiene una retención mínima de IRPF del 2%.

según establece el Real Decreto Ley 2/2023, de 16 de marzo y el Real Decreto ley 5/2023, de 28 de junio, a partir del1 de enero de 2024 establece la obligatoriedad de dar de alta en la Seguridad Social a todos los alumnos quee realizan prácticas, tan prácticas remuneradas con no remuneradas.

Las cotizaciones se tendrán que realizar de la siguiente manera:

PRÁCTICAS REMONERADAS:

El alta y pago de las cuotas de la Seguridad Social corresponde a la empresa que acoge al estudiante en prácticas. También existe una novedad en este sentido con la nueva normativa y se deja de hacer diferenciación entre prácticas curriculares y extracurriculares. En la cuota, se aplicará una reducción del 95% de las cuotas por contingencias comunes. La base mínima de cotización mensual será la vigente en cada momento respecto al grupo de cotización 7. 

 

PRÁCTICAS NO REMONERADAS: 

Para evitar un posible perjuicio a los alumnos que ya están realizando prácticas no remuneradas y debido a la proximidad de la entrada en vigor Real Decreto Ley 2/2023, de 16 de marzo y el Real Decreto ley 5/2023, de de junio, TecnoCampus asumirá la gestión y coste del alta en la Seguridad Social de los alumnos en prácticas no remuneradas a partir de enero de 2024.

En caso de prácticas remuneradas, la empresa es la encargada de dar de alta al estudiante en la Seguridad Social.

En el caso de prácticas no remuneradas, TecnoCampus asumirá la gestión y coste del alta en la Seguridad Social de los alumnos en prácticas no remuneradas a partir de enero de 2024.

No, a pesar de estar dado de alta en la Seguridad Social, la prestación de paro queda excluida.

Se cotiza por:

  • contingencias comunes
  • contingencias profesionales

NO se cotiza por:

  • paro
  • Fondo de Garantía Salarial
  • formación profesional

Los días de fiesta o de vacaciones se pactarán entre la empresa o institución y el alumno. En cuanto a los exámenes, tutorías y otras actividades académicas, dado que las prácticas deben ser totalmente compatibles con los estudios, los estudiantes tienen el derecho a disfrutar de ella. Por visita médica, el estudiante tiene permiso de las horas indispensables para asistir a la visita.

En caso de los alumnos que finalicen los estudios y tengan un convenio activo, una vez tengan todos los ECTS del grado aprobados, no pueden seguir haciendo prácticas, ya que perderán la condición de estudiante y por tanto, el convenio dejará de tener validez legal. Es responsabilidad del estudiante comunicar la finalización de los estudios tanto a la empresa como al Servicio de Carreras Profesionales.

Una vez termina la titulación no es posible realizar estancias de prácticas académicas, Ya que pierden la condición de estudiante. Sólo se podrá formalizar un convenio si se vuelve a matricularse de otra titulación y reúne los requisitos académicos establecidos para hacer prácticas. 

No se pueden formalizar dos convenios al mismo tiempo, el estudiante únicamente puede estar en una empresa.

 

Los estudiantes tienen cubiertas las prestaciones por accidente, enfermedad y responsabilidad civil por el seguro escolar. En caso de estudiantes mayores de 28 años, será necesario que éstos suscriban un seguro privado que cubra las prestaciones relativas a estas contingencias.

En caso de que se produzca una baja médica, ya sea por enfermedad o accidente durante el período de prácticas, es necesario que el estudiante lo comunique lo antes posible tanto a la empresa donde realiza las prácticas, al tutor académico ya Carreras Profesionales.

Según la duración de la baja, se pueden contemplar dos opciones:

Baja temporal: El convenio de cooperación educativa puede quedar suspendido temporalmente mientras dure la indisposición médica. Durante este período no se contabilizan horas de prácticas. Una vez que el estudiante se recupere, se podrá valorar la reincorporación y la posibilidad de completar las horas pendientes, siempre que el calendario académico lo permita.

Baja de larga duración o imposibilidad de reincorporación: Se podrá rescindir el convenio de prácticas. En el caso de prácticas curriculares, es necesario contactar con el coordinador académico para valorar las horas y las actividades realizadas hasta el momento de la baja.

En cualquier caso, será imprescindible presentar el justificante médico oficial y mantener la comunicación con todas las partes implicadas.

En caso de querer rescindir un convenio aprobado, enviar la documento de bajatalent@tecnocampus.cat:

En caso de causa justificada, la baja no será necesario notificarse con una antelación de 15 días y podrá tener efecto el mismo día que se comunique.

Alumnos extranjeros: Es responsabilidad del alumno tener en vigor toda la documentación necesaria para poder realizar prácticas.

En el caso de estudiantes de fuera de la UE, también es responsabilidad del estudiante tener en vigor la autorización de estancia adecuada para poder realizar las prácticas.

En ningún caso la Universidad se hará responsable del desempeño de este requisito por parte de los alumnos.

La inscripción es indefinida. No tiene caducidad.

Sí, para hacerlo, se puede tramitar desde el aplicativo de Bolsa de Talento. En la pestaña "perfil" existe la opción "Dar de baja". También lo puede solicitar enviar un e-mail a la dirección talent@tecnocampus.cat 

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