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Las empresas que soliciten convenios de cooperación educativa extracurriculares o renovaciones, tendrán que abonar la tarifa de gestión de los convenios de cooperación educativa de 100€ (+ IVA), aprobada por resolución de la Dirección General del TecnoCampus número 54/2019 y que puede consultar aquí
No obstante, se harán las siguientes exenciones en el pago de la tarifa:
En caso de que el estudiante dé de baja el convenio de cooperación educativa de forma unilateral durante los primeros 15 días desde el inicio de la práctica, no se cobrará la tarifa anterior a la empresa.
En caso de tener un candidato preseleccionado sin haber publicado una oferta:
Si el estudiante no ha llegado al máximo de 900 horas de prácticas en el curso académico, se puede solicitar la renovación del convenio. Los pasos a seguir son:
1. Acceder a Bolsa Talent TecnoCampus
2. La empresa deberá acceder a la pestaña CONVENIOS - MIS CONVENIOS.
3. Seleccionar el convenio que se quiere renovar (VER CONVENIO - en la parte inferior encontrará la pestaña para renovarlo)
4. En el caso de los convenios extracurriculares en un plazo máximo de 5 días hábiles, una vez validado por los responsables académicos, la empresa recibirá el PDF del convenio que deberá firmar, tanto la empresa como el estudiante, y enviarlo a talent@tecocampus.cat. En el caso de los convenios curriculares o con reconocimiento académico, el plazo de 5 días hábiles podrá ser superior, ya que se aprobarán en cuanto se completen los procedimientos de validación vigentes.
La tarifa de gestión de convenios extracurriculares de 100€+IVA se aplica también a las renovaciones de los convenios.
Lempresa es la que selecciona el estudiante que hará prácticas. La empresa puede hacer el proceso de selección que considere oportuno a fin de seleccionar al candidato que más se ajuste a sus necesidades.
La dedicación horaria debe ser compatible con los estudios. En periodo docente, habitualmente, no se pueden superar las 20 horas semanales.
La dedicación de los estudiantes que participen deberá ser compatible con sus estudios. En periodo docente, habitualmente, no se pueden superar las 20 horas semanales.
ESUPT
900 HORAS PARA CURSO ACADÉMICO:
ESCSET
PRÁCTICAS CURRICULARES: 500 HORAS LO LARGO DE TODO EL GRADO.
Prácticas extracurriculares: MÁXIMO 900 HORAS PARA CURSO ACADÉMICO
PRÁCTICAS CURRICULARES: 350 HORAS LO LARGO DE TODO EL GRADO.
Prácticas extracurriculares: MÁXIMO 900 HORAS PARA CURSO ACADÉMICO
PRÁCTICAS CURRICULARES: 550 HORAS LO LARGO DE TODO EL GRADO.
Prácticas extracurriculares: MÁXIMO 900 HORAS PARA CURSO ACADÉMICO
PRÁCTICAS CURRICULARES: 300 HORAS LO LARGO DE TODO EL GRADO.
Prácticas extracurriculares: MÁXIMO 900 HORAS PARA CURSO ACADÉMICO.
Si, cuando los estudiantes no tengan clases podrán hacer más de 20 horas semanales, hasta un máximo de 40 horas semanales.
Las prácticas en TecnoCampus no son obligatoriamente remuneradas, excepto en los grados de ingeniería donde el precio mínimo es de 6€/hora.
Aunque no es obligatorio, en todos los grados se recomienda una ayuda económica mínima de 5 €/hora.
La ayuda tiene una retención mínima de IRPF del 2% y la obligatoriedad para la empresa de incluir a los estudiantes en el Régimen General de la Seguridad Social, según indica el RD 1493/2011 del 24 de octubre (En el caso de prácticas curriculares, la alta y liquidación tiene una bonificación del 100% a la Seguridad Social).
Cualquier duda que pueda surgir respecto de la retención y de cómo aplicarla deberá consultar directamente a la Agencia Tributaria y / o en la Seguridad Social.
Sí, siempre que la práctica remunerada, se debe dar de alta a los estudiantes a la Seguridad Social, según indica el RD 1493/2011 del 24 de octubre y cotizar por ellos en los conceptos de contingencias comunes y profesionales.
Su ingreso se llevará a cabo aplicando las reglas de cotización correspondientes a los contratos para la formación y el aprendizaje establecidas en la respectiva Ley de Presupuestos Generales del Estado y en sus normas de aplicación y desarrollo.
En el caso de prácticas curriculares, el alta en la Seguridad Social está subvencionada.
La empresa es la encargada de dar de alta al estudiante a la Seguridad Social y deberán solicitar a la Tesorería de la Seguridad Social un código cuenta de cotización específico.
No, a pesar de estar dado de alta en la Seguridad Social, la prestación de paro queda excluida.
Se cotiza por:
NO se cotiza por:
Los días de fiesta o de vacaciones se pactarán entre la empresa o institución y el alumno. En cuanto a los exámenes, tutorías y otras actividades académicas, dado que las prácticas deben ser totalmente compatibles con los estudios, los estudiantes tienen el derecho a disfrutar de ella. Por visita médica, el estudiante tiene permiso de las horas indispensables para asistir a la visita.
En caso de los alumnos que finalicen los estudios y tengan un convenio activo, una vez tengan todos los ECTS del grado aprobados, no pueden seguir haciendo prácticas, ya que perderán la condición de estudiante y por tanto, el convenio dejará de tener validez legal. Es responsabilidad del estudiante comunicar la finalización de los estudios tanto a la empresa como al Servicio de Carreras Profesionales.
Una vez termina la titulación no es posible realizar estancias de prácticas académicas, Ya que pierden la condición de estudiante. Sólo se podrá formalizar un convenio si se vuelve a matricularse de otra titulación y reúne los requisitos académicos establecidos para hacer prácticas.
En el caso delESCSET (Escuela de Empresa), no se pueden formalizar dos convenios a la vez, el estudiante únicamente puede estar en una empresa.
En el caso delESUPT (Escuela Politécnica), si el coordinador académico de prácticas lo autoriza, un estudiante puede realizar prácticas en dos empresas a la vez, siempre que sea compatible con los estudios y no se llegue a la dedicación horaria máxima.
Los estudiantes tienen cubiertas las prestaciones por accidente, enfermedad y responsabilidad civil por el seguro escolar. En caso de estudiantes mayores de 28 años, será necesario que éstos suscriban un seguro privado que cubra las prestaciones relativas a estas contingencias.
En caso que elestudiante se encuentre mal y no pueda acudir a la empresa, deberá avisar a su jefe inmediato de su ausencia. El estudiante deberá presentar un justificante de asistencia del médico en caso de que falte dos días. Las horas no realizadas no habrá recuperarlas.
El estudiante no podrá faltar más de dos días sin presentar una BAJA MÉDICA expedida por el médico de cabecera correspondiente.
En caso de baja médica, El estudiante deberá comunicar al responsable su indisposición por enfermedad, y deberá presentar la baja médica que deberá pedir al médico de cabecera.
Una vez finalizado el período de enfermedad deberá llevar los partes de confirmación (si tuviera) y el alta médica que también expide el médico de cabecera y reincorporarse el día siguiente.
Si el estudiante lleva cotizados 180 días en los últimos 5 años, tendrá derecho a cobrar Incapacidad Temporal. La retribución mensual la abonará el Instituto Nacional de la Seguridad Social y se le aplicarán las bases que correspondan:
Si el estudiante no alcanza el mínimo de días cotizados, no recibirá ningún salario durante el tiempo que esté de baja médica, pero no tendrá que recuperar las horas no realizadas.
En cualquier caso, la empresa continuará cotizando durante el período de no asistencia del estudiante.
En caso de querer rescindir un convenio aprobado, hay que enviar la siguiente documentación a talent@tecnocampus.cat:
Estudiantes de la Escuela Superior de Ciencias Sociales y de la Empresa - Bajo
Estudiantes de la Escuela Superior Politécnica - Bajo
La inscripción es indefinida. No tiene caducidad.
Sí, para hacerlo, se puede tramitar desde el aplicativo de Bolsa de Talento. En la pestaña "perfil" existe la opción "Dar de baja". También lo puede solicitar enviar un e-mail a la dirección talent@tecnocampus.cat
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